Como abogado de familia en Palma de Mallorca, uno de los casos más delicados que atendemos es cuando un padre descubre que el hijo que ha criado como propio no es biológicamente suyo. Se trata de una de las situaciones más duras y desconcertantes que puede afrontar una persona. Además del impacto emocional, surgen numerosas dudas legales: ¿es posible impugnar la paternidad?, ¿qué ocurre con la pensión de alimentos?, ¿y si la pareja engañó al padre o desconocía realmente quién era el progenitor biológico? En este artículo te explicamos los pasos que debes seguir y cómo actuar legalmente para proteger tus derechos.

Si estás viviendo una situación similar, contar con el apoyo de un abogado en Palma de Mallorca especializado en derecho de familia te ayudará a gestionar el proceso con seguridad y dentro de los plazos que marca la ley.

Impugnar la paternidad en España

En España, si descubres que no eres el padre biológico de un hijo, la ley te permite impugnar la paternidad. Este procedimiento judicial debe iniciarse dentro del plazo de un año desde el momento en que conoces esta circunstancia. La impugnación permite solicitar una prueba de ADN y alegar que existió error o engaño en la filiación.

Es importante actuar con rapidez, porque si pasa ese año sin iniciar la demanda, la ley considera que aceptas la paternidad legalmente, manteniendo las obligaciones derivadas, como la pensión de alimentos. Además, si se demuestra que hubo ocultación o engaño —por ejemplo, si tu pareja sabía o sospechaba que el hijo no era tuyo y lo ocultó—, puedes reclamar una indemnización por daños morales según la doctrina del Tribunal Supremo.

Descubrir que un hijo no es biológicamente tuyo es un impacto emocional y legal enorme. La ley española prevé un procedimiento específico para corregir la filiación: la impugnación de la paternidad. A continuación te explico, de forma clara y práctica, cuándo puedes hacerlo y cómo se tramita en Palma de Mallorca.

Qué es la impugnación de la paternidad

La impugnación de la paternidad es una demanda judicial para dejar sin efecto la filiación paterna que figura en el Registro Civil cuando no coincide con la realidad biológica o se constituyó por error, engaño u otras circunstancias no conformes a derecho. En este proceso el juzgado puede acordar una prueba de ADN y, si se confirma la falta de paternidad, dictar sentencia que anule la filiación y ordene la rectificación registral.

Cuándo puedes impugnar (los supuestos y el plazo)

  • Descubrimiento reciente de que no eres el padre biológico (por prueba médica, revelación, indicios serios, etc.).
  • Error en el reconocimiento: firmaste considerando, de buena fe, que el menor era tu hijo.
  • Engaño u ocultación: tu pareja sabía o sospechaba que el hijo no era tuyo y lo ocultó.

Plazo clave: dispones de un año desde que conoces la circunstancia que fundamenta la impugnación (por ejemplo, el resultado de una prueba, una confesión, etc.). Si transcurre ese año sin interponer demanda, la ley puede entender que has convalidado la situación y mantendrás tus obligaciones (como la pensión de alimentos).

Cómo impugnar la paternidad en Palma de Mallorca (paso a paso)

La impugnación de la paternidad en Palma de Mallorca es un procedimiento judicial que sigue un orden claro. Estos son los pasos esenciales que deberás seguir en Palma de Mallorca para que el proceso prospere:

  1. Actuar dentro del plazo legal: dispones de un año desde que conoces la falta de vínculo biológico o, en algunos casos, desde la inscripción en el Registro Civil. Si pasa ese plazo sin iniciar la demanda, la acción puede perderse.
  2. Asesoramiento inicial: solicita cita con un abogado de familia en Palma de Mallorca. En esta fase se analizarán las fechas, la viabilidad del caso, la estrategia y las pruebas disponibles.
  3. Reunir pruebas: la prueba de ADN es el elemento central, aunque también pueden aportarse comunicaciones, testigos, informes médicos y cualquier indicio de engaño, error u ocultación.
  4. Preparación y presentación de la demanda: tu abogado redactará la demanda con una narrativa cronológica y la presentará en el Juzgado de Primera Instancia de Palma. Será necesario actuar con procurador y solicitar formalmente la práctica de prueba biológica.
  5. Desarrollo del proceso: el juzgado emplazará a la otra parte y podrá acordar prueba de ADN padre–hijo (y, en su caso, madre), así como prueba testifical, documental o pericial. También puede celebrarse vista judicial.
  6. Sentencia: una vez valoradas las pruebas, el juez dictará resolución. Si la impugnación prospera, se anulará la filiación, se ordenará la rectificación del Registro Civil y se ajustarán las obligaciones económicas y parentales. La sentencia podrá ser recurrida ante la Audiencia Provincial.
  7. Otros legitimados: además del supuesto padre, también pueden ejercitar esta acción la madre, el hijo mayor de edad o el Ministerio Fiscal en determinadas situaciones.

Pruebas habituales que fortalecen tu caso

  • Prueba biológica (ADN): es determinante en la gran mayoría de los casos.
  • Mensajes, correos y comunicaciones que acrediten revelaciones, dudas previas o ocultación.
  • Pruebas médicas y periciales que respalden fechas de concepción y filiación.
  • Testigos que puedan acreditar circunstancias relevantes.
  • Histórico de procedimientos (por ejemplo, si hubo discusiones sobre la paternidad o declaraciones contradictorias).

Qué efectos tiene ganar la impugnación

  • Se extingue tu condición de padre legal respecto del menor.
  • Se deja sin efecto la patria potestad y la representación legal ligada a esa filiación.
  • Cesará la obligación de pagar alimentos desde la firmeza de la sentencia (salvo que el juzgado disponga otra cosa en supuestos específicos).
  • El Registro Civil se actualiza con la rectificación de la filiación.

¿Y si hubo engaño u ocultación? Indemnización por daños morales

En muchos casos, la situación se complica porque la madre puede haber mantenido una infidelidad o varias relaciones en un periodo próximo a la concepción. A veces existe un engaño consciente, y en otras, la madre simplemente no tenía certeza sobre la paternidad real. En cualquiera de estos escenarios, si se produjo un reconocimiento de filiación sin conocer la verdad biológica, la ley te ampara para impugnar la paternidad y solicitar pruebas para esclarecer los hechos.

En este tipo de procesos es fundamental actuar con prudencia, respeto y respaldo legal, ya que no solo afecta a los adultos, sino también al menor. Un abogado de familia en Palma de Mallorca puede ayudarte a presentar la demanda correctamente, proponer la prueba de ADN y dirigir el procedimiento sin vulnerar derechos fundamentales.

Ahora bien, si se demuestra que la madre sabía o sospechaba que el hijo no era tuyo y aun así ocultó la verdad o mantuvo la filiación de forma deliberada, los tribunales han reconocido la posibilidad de reclamar una indemnización por daños morales. Esta acción puede acumularse a la impugnación o plantearse de forma separada, dependiendo de la estrategia procesal que recomiende tu abogado.

Documentación útil para empezar con buen pie

  • Fechas clave: cuándo y cómo supiste que no eras el padre biológico (correos, mensajes, informes).
  • Documentos del menor: Libro de Familia, resoluciones previas, inscripción en el Registro Civil.
  • Comunicaciones con la madre que evidencien dudas, ocultaciones o reconocimientos.
  • Informes médicos y cualquier indicio pericial disponible.

Errores frecuentes que debes evitar

  • Dejar pasar el plazo de un año desde que conoces la realidad biológica o el engaño.
  • Solicitar una prueba de ADN privada sin asesoramiento, que luego no puedas judicializar correctamente.
  • Publicar o difundir el conflicto en redes sociales; puede perjudicarte en sala.
  • Actuar sin estrategia procesal: cada caso requiere una hoja de ruta para encajar pruebas, tiempos y peticiones.

Efectos sobre la pensión de alimentos y medidas provisionales

Mientras el proceso de impugnación esté en curso, las obligaciones legales —como el pago de la pensión de alimentos— se mantienen. Es decir, el padre legal debe seguir cumpliendo con las medidas establecidas hasta que exista una sentencia firme. Estas medidas buscan proteger al menor durante el procedimiento.

Se pueden solicitar medidas provisionales, como mantener la pensión o regular la guarda y custodia temporal. Una vez que la impugnación se resuelve a tu favor, la obligación de pagar la pensión puede extinguirse desde la fecha de la sentencia. Sin embargo, los pagos anteriores no suelen ser recuperables, ya que se consideran cumplimiento de una obligación vigente en su momento.

Conclusión

Descubrir que tu hijo no es biológicamente tuyo plantea una situación compleja tanto emocional como legalmente. Ya sea por un engaño consciente o por desconocimiento, tienes derecho a impugnar la paternidad y aclarar tu situación jurídica. Pero debes hacerlo dentro del plazo de un año y con el respaldo de un abogado de familia en Palma de Mallorca que te asesore correctamente en cada paso.

Actuar a tiempo y con asesoramiento profesional te permitirá proteger tus derechos, tu estabilidad emocional y también el interés superior del menor, que siempre debe ser la prioridad en estos casos.

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