Cómo irte del trabajo y cobrar el paro sin perder derechos (y sin cometer fraude)

Dejar un trabajo no siempre es tan sencillo como presentar una baja voluntaria. Muchas personas quieren marcharse de su empresa, pero temen perder el derecho a la prestación por desempleo. Como Abogado en Palma de Mallorca veo a menudo casos de personas que han tomado decisiones precipitadas y han renunciado a derechos sin saberlo.

En este artículo te explico, desde la experiencia como abogado laboralista en Palma de Mallorca, cuándo se puede cobrar el paro al dejar un trabajo, qué opciones legales existen y qué prácticas son directamente ilegales, como la simulación de despidos para acceder al desempleo.

¿Qué pasa si me voy voluntariamente del trabajo?

Lo primero es tener clara la regla básica:

La baja voluntaria no da derecho a cobrar el paro, porque el trabajador no queda en lo que el SEPE denomina situación legal de desempleo.

Esto significa que si abandonas tu puesto por tu propia decisión, sin causa externa reconocida, no podrás acceder a la prestación contributiva, aunque tengas cotizaciones suficientes. Además, tras una baja voluntaria, aunque encuentres otro empleo y lo pierdas, tendrás que trabajar un mínimo de tres meses para poder abrir el derecho al paro.

Formas legales de cobrar el paro al dejar el trabajo

Que la baja voluntaria no dé derecho a paro no significa que no haya vías legales para finalizar una relación laboral y, al mismo tiempo, quedar en situación legal de desempleo. Estas son las principales opciones que conviene conocer:

1. Fin de contrato temporal

Cuando el contrato es temporal y la empresa deja que llegue a su término:

  • No firmas una baja voluntaria.
  • Se produce una finalización de contrato por expiración del tiempo pactado.
  • Si tienes cotizaciones suficientes, sí puedes cobrar el paro.

Es la vía más sencilla y habitual cuando la relación laboral ya tenía una fecha de finalización prevista.

2. Modificación sustancial de condiciones (art. 41 ET)

El artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores permite extinguir el contrato con derecho a indemnización cuando la empresa realiza una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, por ejemplo:

  • Cambio importante de horarios.
  • Alteración de la jornada (partida, continuada, turnos, etc.).
  • Reducción o modificación relevante del salario.
  • Cambio de funciones más allá de la movilidad funcional ordinaria.
  • Cambio de centro de trabajo que afecte de forma notable a la vida del trabajador.

Si no aceptas esa modificación y ejercitas el derecho a extinguir el contrato en los términos que marca la ley, no se considera baja voluntaria, sino extinción por modificación sustancial, y ello sí permite acceder al paro.

3. Extinción por incumplimiento grave del empresario

En los casos en los que la empresa incurre en incumplimientos graves y reiterados, el trabajador puede solicitar la extinción indemnizada del contrato ante los tribunales. Hablamos de situaciones como:

  • Impago total o parcial de salarios.
  • Retrasos continuados en el pago de las nóminas.
  • Acoso laboral o vulneración grave de derechos fundamentales.
  • Condiciones de trabajo que afecten seriamente a la salud del trabajador.

Si el juez declara que existe causa suficiente, la relación se extingue con una indemnización similar a la del despido improcedente y, además, se genera derecho a cobrar el paro. En algunos supuestos, incluso puede hablarse de despido nulo.

4. Trabajar en otra empresa tras la baja voluntaria

Existe una vía poco conocida que puede ser útil cuando ya se ha presentado una baja voluntaria:

Si te vas voluntariamente de tu trabajo, encuentras otro empleo, trabajas en él como mínimo tres meses y después sufres un despido en esa nueva empresa (u otra situación legal de desempleo reconocida), entonces sí podrás acceder a la prestación por desempleo, siempre que tengas cotizaciones suficientes acumuladas.

Esta opción existe para evitar que una decisión de cambio profesional deje “bloqueada” a la persona sin posibilidad de acceder al paro en el futuro.

5. Excedencias

Las excedencias no dan derecho automático a paro, pero sí permiten salir de la empresa sin romper totalmente el vínculo. En función del tipo de excedencia (voluntaria, por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, etc.) y de lo que ocurra al solicitar el reingreso, puede generarse o no situación legal de desempleo.

En estos casos es especialmente recomendable asesorarse antes de pedir la excedencia, para conocer bien las consecuencias laborales y económicas.

El tema delicado: “pactar” un despido

Muchas personas buscan en internet soluciones como:

  • “pactar un despido para cobrar el paro”
  • “que me echen para ir al paro”
  • “firmar un despido a cambio de no pagar indemnización”

Aquí es donde conviene ser muy claro: simular un despido para cobrar el paro es ilegal.

Lo que mucha gente entiende por “pactar un despido”

En el lenguaje coloquial, “pactar un despido” suele significar algo así:

La empresa y el trabajador se ponen de acuerdo para firmar un despido que realmente no existe, con el único objetivo de que el trabajador pueda cobrar el paro. A cambio, el trabajador renuncia a la indemnización, devuelve dinero “en B” o se establece cualquier otro acuerdo privado.

Eso es un despido simulado, y su finalidad es conseguir fraudulentamente acceso a una prestación pública.

Por qué es ilegal simular un despido

Este tipo de pactos constituyen un fraude al SEPE y pueden encajar en los delitos contra la Seguridad Social previstos en el Código Penal, especialmente cuando hay ánimo defraudatorio y cantidades relevantes.

Además, la empresa puede incurrir en:

  • Responsabilidades administrativas por fraude en la cotización y en las prestaciones.
  • Posibles delitos de falsedad documental si se manipula información oficial.
  • Sanciones económicas y devolución de prestaciones indebidamente percibidas.

Por tanto, es importante dejarlo claro:
“Pactar” un despido simulado para cobrar el paro es ilegal y puede traer consecuencias serias tanto para la empresa como para el trabajador.

Lo que sí es legal: negociar una salida real

Otra cosa muy distinta es negociar una salida cuando existe un conflicto real o una causa legítima, algo muy habitual en la práctica laboral. En estos casos no hablamos de despidos simulados, sino de acuerdos sometidos a conciliación o mediación oficial.

En Baleares, estas situaciones suelen canalizarse mediante el TAMIB (Tribunal d’Arbitratge i Mediació de les Illes Balears), que actúa como órgano de conciliación previa y permite alcanzar acuerdos válidos y con plena seguridad jurídica para ambas partes.

En estos procedimientos es frecuente ver fórmulas como:

  • Reconocimiento de la improcedencia del despido en acto de conciliación ante el TAMIB.
  • Acuerdos transaccionales para resolver discrepancias reales.
  • Indemnizaciones pactadas para evitar litigios futuros.
  • Reestructuraciones auténticas de plantilla con causa objetiva.

Este tipo de acuerdos sí son legales porque:

  • Existe causa o conflicto laboral real.
  • La empresa asume un coste económico (indemnización, salarios, etc.).
  • Se formalizan ante un órgano público como el TAMIB.
  • El trabajador queda en situación legal de desempleo sin fraude.

Además, la intervención del TAMIB aporta seguridad jurídica, evita litigios innecesarios y deja constancia formal del acuerdo, lo cual es esencial tanto para el SEPE como para una eventual reclamación futura.

Alternativas para dejar un trabajo sin perjudicarse

No siempre hay que elegir entre “aguantar” o “que me echen”. Existen caminos intermedios para quienes desean dejar un trabajo sin dañarse ni perjudicar a la empresa:

  • Buscar otro empleo antes de presentar la baja voluntaria.
  • Solicitar una excedencia voluntaria, si tiene sentido en tu caso.
  • Negociar ajustes de jornada u horario.
  • Explorar opciones de teletrabajo o movilidad interna.
  • Buscar una mediación o solución dialogada con la empresa.

La mejor opción depende siempre de la situación concreta, de tu antigüedad, de tus cargas familiares y de tus perspectivas profesionales.

Errores frecuentes que conviene evitar

Al tomar decisiones sobre el trabajo y el paro, muchos trabajadores cometen errores que luego son difíciles de corregir:

  • Firmar una baja voluntaria sin entender sus consecuencias.
  • Firmar finiquitos que incluyen renuncias abusivas a derechos (a veces nulas, pero problemáticas).
  • Participar en simulaciones de despido para cobrar el paro.
  • Marcharse sin planificar los tiempos ni las cotizaciones.
  • No calcular la indemnización que correspondería en caso de despido.
  • Confiar en “me han dicho que si firmo esto luego cobro el paro” sin consultar a un profesional.

Uno de los errores más graves es firmar documentos sin leerlos o sin comprender su alcance. En derecho laboral, casi todo se decide por escrito.

Preguntas frecuentes

¿Si me voy del trabajo puedo cobrar paro?

No. La baja voluntaria no genera situación legal de desempleo y no da derecho a la prestación por desempleo.

¿Puedo pactar un despido con la empresa para ir al paro?

Lo que se entiende como despido simulado (firmar un despido falso para poder cobrar el paro) es ilegal y puede constituir fraude a la Seguridad Social. Otra cosa distinta es negociar una salida real cuando existe conflicto o causa legítima.

¿Si me cambian el horario o la jornada puedo irme y cobrar el paro?

Si la empresa realiza una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (por ejemplo, cambio importante de horario, jornada o salario) y no la aceptas, puedes solicitar la extinción del contrato en los términos del artículo 41 ET. Si se cumplen los requisitos, esta extinción sí da derecho a paro.

¿Cuánto tiempo tengo que trabajar después de una baja voluntaria para volver a tener derecho a paro?

Si has presentado una baja voluntaria, deberás trabajar al menos tres meses en una nueva empresa y quedar en situación legal de desempleo (por despido u otra causa reconocida) para poder acceder al paro.

¿Qué pasa si no me pagan las nóminas?

El impago o los retrasos reiterados en el pago del salario pueden ser causa para solicitar la extinción del contrato con derecho a indemnización y acceso al paro. Es importante recopilar nóminas, justificantes y comunicaciones para poder acreditarlo.

Cuándo conviene acudir a un abogado laboralista

Decidir si dejar un trabajo, cómo hacerlo y qué efectos tendrá sobre el paro y las indemnizaciones no es algo que deba tomarse a la ligera. Cada caso tiene matices: tipo de contrato, antigüedad, situación familiar, salud, ofertas de trabajo, etc.

Si estás pensando en dejar tu empleo y quieres saber si puedes cobrar el paro sin perder derechos ni cometer fraude, lo más prudente es que consultes con un profesional. Como abogado laboralista en Palma de Mallorca, analizo tu caso de forma personalizada, reviso tu contrato y tu situación con la empresa y te explico:

  • Si puedes o no acceder al paro en tu situación actual.
  • Si existe base para una extinción indemnizada del contrato.
  • Qué indemnización te correspondería en caso de despido.
  • Qué riesgos legales existen para ti y para la empresa.
  • Qué documentación debes guardar y qué no deberías firmar.

Tomar una decisión informada hoy puede ahorrarte muchos problemas mañana. Antes de firmar nada o de presentar una baja voluntaria, pide asesoramiento profesional y asegúrate de no renunciar a derechos que te corresponden.

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