El acoso telefónico por parte de una expareja femenina es una realidad más frecuente de lo que se reconoce públicamente. Muchas víctimas relatan que, aunque bloqueen el número de su exnovia o exmujer, las llamadas continúan desde otros teléfonos, números ocultos o incluso móviles de terceros. Si estás viviendo esta situación y buscas un abogado violencia de genero en Palma de Mallorca, es fundamental conocer cuándo este comportamiento deja de ser una molestia para convertirse en un delito penal.
La experiencia demuestra que contar con un abogado en Palma de Mallorca evita errores habituales que pueden debilitar una denuncia o prolongar una situación que ya está afectando a tu vida personal y profesional.
El falso mito: no siempre el acosador es un hombre
Socialmente existe la creencia de que el acoso dentro de la expareja siempre lo ejerce el hombre. Esta idea, además de errónea, provoca que muchos hombres no denuncien por miedo a no ser tomados en serio o a que se minimice su situación.
Sin embargo, el Código Penal español no distingue por razón de sexo. Cuando una exnovia o exmujer contacta de forma insistente y reiterada, alterando gravemente tu rutina diaria, estamos ante un posible delito, aunque socialmente se tienda a normalizar este comportamiento cuando lo ejerce una mujer.
El acoso telefónico en el Código Penal: artículo 172 ter
El artículo 172 ter del Código Penal tipifica el delito de acoso o stalking. Este precepto sanciona a quien persigue, vigila o contacta con otra persona de forma insistente y reiterada, generando una alteración grave en su vida cotidiana.
La norma es clara: el delito existe con independencia de que el acosador sea hombre o mujer. Lo relevante es la conducta, su reiteración y el impacto real que produce en la víctima. Asumir que “no pasará nada” porque quien acosa es tu exnovia puede llevarte a tolerar una situación que tiene claras consecuencias penales.
Cómo demostrar legalmente el acoso de tu exnovia o exmujer
Uno de los mayores problemas en estos casos es la falta de pruebas. La justicia no se basa en percepciones, sino en hechos acreditables.
1. Conservación del historial de llamadas
No elimines llamadas perdidas ni registros. Es fundamental poder demostrar fechas, horas y frecuencia de los intentos de contacto.
2. Mensajes y comunicaciones digitales
Guarda capturas de WhatsApp, SMS, correos electrónicos y mensajes en redes sociales. Estos elementos refuerzan la prueba de insistencia.
3. Comunicación clara de no contacto
Para que el acoso quede claramente configurado, debes dejar constancia de que no deseas más comunicaciones. Envía un único mensaje breve y firme solicitando el cese del contacto y, a partir de ese momento, no respondas. Continuar interactuando puede ser interpretado como consentimiento.
Denunciar a tu ex por acoso: vías legales disponibles
Si pese a todo el acoso continúa, es recomendable actuar sin demora. Existen varias opciones legales:
1. Denuncia en comisaría o Guardia Civil
Puedes presentar la denuncia aportando todas las pruebas recopiladas. El hecho de que la denunciada sea mujer no resta validez al procedimiento.
2. Juzgado de guardia
Esta vía es especialmente útil cuando la situación es urgente y se busca una respuesta judicial rápida.
3. Orden de alejamiento y prohibición de contacto
Si el juez lo estima oportuno, puede dictarse una orden que prohíba llamadas, mensajes o cualquier acercamiento. El incumplimiento de esta orden supone un delito adicional.
Recursos específicos en Palma de Mallorca y Baleares
En Baleares existen recursos públicos y profesionales que pueden ayudarte durante todo el proceso:
- Oficinas de Asistencia a las Víctimas de Delitos (OAVD): ofrecen orientación jurídica y apoyo a víctimas, también a hombres acosados.
- Unidades UFAM de la Policía Nacional: especializadas en conflictos familiares y de pareja, sin distinción de género.
- Justicia gratuita: disponible a través del Colegio de Abogados de Baleares si cumples los requisitos.
- Emergencias: ante riesgo inmediato, llama siempre al 112.
Preguntas frecuentes sobre el acoso telefónico por parte de una expareja
1. ¿Puedo denunciar si soy hombre y la que acosa es mi exnovia?
Sí. La ley penal protege a todas las víctimas por igual. El artículo 172 ter del Código Penal no distingue por sexo. Si se cumplen los requisitos de reiteración y alteración grave de tu vida cotidiana, la denuncia es perfectamente viable.
2. ¿Cuántas llamadas o mensajes se consideran acoso?
No existe un número exacto. Lo relevante es que el contacto sea insistente, reiterado y no deseado, y que tenga un impacto real en tu vida diaria, generando ansiedad, miedo o cambios en tu rutina.
3. ¿Es obligatorio pedir primero que deje de llamarme?
No es obligatorio, pero sí altamente recomendable. Solicitar de forma expresa el cese del contacto refuerza la prueba de que las comunicaciones posteriores son no deseadas y facilita la configuración del delito.
4. ¿Necesito abogado para denunciar acoso telefónico?
La denuncia puede presentarse sin abogado, pero el asesoramiento legal es clave para preparar correctamente las pruebas, solicitar medidas de protección y evitar errores que puedan perjudicar el procedimiento.
5. ¿Qué pasa si incumple una orden de alejamiento?
El incumplimiento de una orden judicial constituye un nuevo delito. Esto puede conllevar consecuencias penales más graves para la persona denunciada.
Que la que acosa sea tu exnovia o exmujer no convierte la situación en algo menos grave. El acoso vulnera tu libertad y puede escalar rápidamente. Contar con el apoyo de un abogado violencia de genero en Palma de Mallorca te permitirá actuar con firmeza y respaldo legal.
Si necesitas la intervención de un abogado en Palma de Mallorca que defienda tus derechos y gestione el procedimiento de forma estratégica, el asesoramiento profesional es el primer paso para recuperar tu tranquilidad.



